En cumplimiento de la Ley Nª 685 de fecha 11 de mayo de 2015, la Autoridad de Fiscalización y Control Social de Empresas (AEMP) inició el proceso de Control y Supervisión del ejercicio de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) por parte de las empresas privadas.
Para este fin, el 28 de diciembre de 2015, la AEMP, en nota remitida, solicitó a las empresas comerciales, legalmente establecidas, a presentar información relativa a los programas de RSE que ejecutan.
Según las cartas a las que tuvo acceso infoRSE, la información solicitada por la AEMP debe contemplar:
-Área de Desarrollo de la RSE
– Objetivos del Plan o Programa
– Actividades desarrolladas
-Cantidad de recursos y presupuesto invertidos y
-Resultado de impactos obtenidos
La nota dirigida a las empresas señala que:
“De acuerdo a lo establecido por el artículo 6, inciso f, de la Ley Nª 685 de 11 de mayo de 2015 “Ley de Cierre del Proceso de Reestructuración y Liquidación Voluntaria de Empresas y de Atribuciones de la Autoridad de Fiscalización de Empresas – AEMP” es atribución de la AEMP: “Controlar y Supervisar el ejercicio de la Responsabilidad Social Empresarial (RSE) aplicables a las Sociedades Comerciales, con excepción de aquellas que se encuentran reguladas por otras disposiciones normativas”.
Añade que en ejercicio y cumplimiento de dicha atribución se requiere a su empresa remitir la siguiente información….en el plazo de 10 días hábiles de recibida la presente”.
La nota se encuentra firmada por German Taboada Parraga, Director Ejecutivo de la Autoridad de Fiscalización de Empresas.
El especialista en RSE, Javier Espada, en el artículo de opinión difundido por infoRSE “Larga Vida a la RSE” y tomado de su blog, da cuenta que ya se había “anunciado hace unos años, que en algún momento todas las empresas en Bolivia iban a implementar la RSE, de una u otra forma. Al parecer, el 2016 promete ser un año desafiante para la RSE en Bolivia”.
De acuerdo a especialistas en RSE, consultados por infoRSE, las Entidades de Intermediación Financiera (EIF), están exentas de presentar la información solicitada por la AEMP, dado que ellas ya están reguladas por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).