El 31 de octubre de 2016, la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) puso en vigencia el Reglamento para la Función Social de los Servicios Financieros.
La Circular N° 428/2016 de ASFI, señala que el objeto del Reglamento de la Función Social es “normar el control del cumplimiento de la función social de los servicios financieros que prestan las Entidades Financieras, en el marco establecido en la Ley 393 de Servicios Financieros y disposiciones conexas”.
Añade que el Reglamento establece el Ámbito de Aplicación de la Función Social, los lineamientos mínimos para su cumplimiento, y da a conocer las definiciones de Balance Social, Función Social, Indicadores del Balance Social, Meta, Objetivos estratégicos, Plan estratégico y Servicios Financieros.
Se establece que para la gestión 2017, las entidades de intermediación financiera deben enviar a ASFI, hasta el 2 de julio de 2018, el primer Balance Social, así como el informe sobre Nuevos Servicios Orientados a la Función Social.
Para conocer en detalle las nuevas disposiciones pueden ingresar a:
http://servdmzw.asfi.gob.bo/circular/circulares/ASFI_428.pdf