El próximo 30 de abril vence el plazo para que las Entidades de Intermediación Financiera (EIF) presenten el primer Informe de RSE y la Calificación de Desempeño anual a la Autoridad de Sistema Financiero (ASFI).
La disposición está contenida en el Reglamento que regula las acciones de Responsabilidad Social Empresarial (RSE) que ejecutan las Entidades de Intermediación Financiera.
.http://servdmzw.asfi.gob.bo/circular/textos/L03T11.pdf
De acuerdo al Reglamento se encuentran sujetas al ámbito de regulación, los Bancos, Fondos Financieros Privados, Bancos de Segundo Piso, Mutuales de Ahorro y Préstamo, Cooperativas de Ahorro y Crédito Abiertas, Cooperativas de Ahorro y Crédito Societarias e Instituciones Financieras de Desarrollo.
Del informe
El anexo Nº 1 del Reglamento dispone que el contenido del informe de RSE que elabore la entidad de intermediación financiera debe al menos contemplar los siguientes puntos:
- La descripción del cumplimiento de los objetivos y de la política de responsabilidad social empresarial de la EIF, que incluya al menos los resultados de las políticas relacionadas con los derechos humanos, medioambiente y partes interesadas;
- El resultado de la implementación y mantenimiento del sistema de gestión de responsabilidad social empresarial de la EIF;
- La forma en que la EIF dentro de su estructura organizacional ha implementado su sistema de gestión de responsabilidad social empresarial;
- Descripción de la evaluación del cumplimiento de la EIF con relación a los lineamientos de responsabilidad social empresarial.
LA ASFI también dispone que “este informe debe encontrarse publicado en un sitio de fácil acceso en la página web de la EIF y debe ser enviado anualmente a ASFI”.
Definición de RSE para la ASFI
Responsabilidad Social Empresarial (RSE) para la ASFI: “Es la forma de gestión de la EIF orientada a actuar en beneficio de sus partes interesadas en cuanto a sus expectativas económicas, sociales y ambientales construyendo el desarrollo sostenible en el marco del giro de negocio y actividades que realiza la EIF”.
Calificación de Desempeño de RSE
Sobre la Calificación Anual de Desempeño de RSE, el artículo Nº 8 de Reglamento señala que la Entidad de Intermediación Financiera debe contar con al menos una calificación anual de desempeño de RSE, realizada por una empresa especializada que cuente con una metodología apropiada.