El 31 de octubre vence el plazo para que los bancos remitan a la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI) un informe con los detalles de la adecuación realizada en sus infraestructuras para el acceso de personas con discapacidad. La incosistencia o inexactitud en la información y reportes dará lugar a la imposición de sanciones.
De acuerdo a la Resolución 796/2012 de la ASFI, el 30 de septiembre concluyó el plazo para que las Entidades de Intermediación Financieras que cuentan con oficinas centrales, sucursales y otras en ciudades capital de departamento y las ubicadas en El Alto (La Paz), Quillacollo (Cochabamba) y Montero (Santa Cruz), adecuen su infraestructura para permitir una atención de calidad a personas con discapacidad permanente o temporal.
La Directora Ejecutiva de la ASFI, Lenny Valdivia, manifestó que la Resolución 796/2012 para Apertura, Traslado o Conversión de Sucursales, Agencias y Oficina Central, abarca todas las modificaciones necesarias que las entidades financieras contemplen hasta fines de septiembre, la infraestructura, para la atención a personas con discapacidad (gradas, pasamanos, puertas, rampas y superficies antideslizantes) con las especificaciones técnicas respectivas, además de la utilización de señalética a efectos de identificar los espacios de atención y accesos correspondientes.
De acuerdo a la resolución la inconsistencia o inexactitud en la información y reportes presentados dará a lugar a la imposición de las sanciones de acuerdo al Reglamento que en su artículo 61° establece que “cualquier infracción o incumplimiento a disposiciones legales, reglamentarias, normativas u órdenes específicas impartidas por ASFI…” serán sancionadas dentro del marco de la legislación vigente.
ASFI en cumplimiento a la Ley General para Personas con Discapacidad N° 223, incorporó a su normativa regulatoria el trato preferencial para las personas con discapacidad, estableciendo señalética especial en los ambientes de las entidades financieras así como la adecuación de su infraestructura para facilitar el acceso de este grupo de personas.
Cabe resaltar que todas las entidades de intermediación financiera, a partir del 2 de mayo de 2013, deben considerar la infraestructura necesaria para la atención a personas con discapacidad, en las solicitudes que presentan.
La Normativa incorpora las siguientes definiciones:
Discapacidad: Forma diferente de realizar las actividades de la vida diaria, debido a deficiencias físicas, psíquicas, intelectuales y/o sensoriales de largo plazo o permanente.
Grado de Discapacidad: Calificación que se refiere a personas con síntomas, signos o secuelas existentes que justifican alguna dificultad o causan una disminución importante o imposibilitan la capacidad para realizar las actividades de la vida diaria.
Lengua de señas: Forma de comunicación utilizada por personas con discapacidad auditiva y del habla, que permite la interpretación y traducción de palabras en lenguaje de signos.
En la actualidad la infraestructura implementada por las Entidades de Intermediación Financiera, no contempla las condiciones necesarias de accesibilidad para estas personas, limitando las posibilidades de acceso a servicios financieros en igualdad de oportunidades.
Es así que esta medida permitirá brindar a todas las personas la misma oportunidad de tener acceso, permanecer y movilizarse sin obstáculos, asimismo ayuda a la integración social de los segmentos de la población y sienta las bases para la construcción de una sociedad justa y equitativa para todos.
ASFI considera que la mejora de la accesibilidad de los espacios físicos es una tarea prioritaria del Estado Plurinacional de Bolivia que se basa en los criterios de igualdad de oportunidades, solidaridad, distribución y redistribución equitativa.
Actualmente en Bolivia se calcula que aproximadamente el 10% de la población, presenta diferentes tipos de discapacidades, es decir, tienen una pérdida total o parcial en sus funciones físicas, mentales o sensoriales.
NUMERO DE PERSONAS CALIFICADAS, REGISTRADAS Y CARNETIZADAS CON DISCAPACIDAD AL 2012 |
||||
Departamento | Calificados | Registrados | Carnetizados | |
Beni |
2.492 |
2.720 |
2.299 |
|
Chuquisaca |
4.379 |
4.391 |
3.300 |
|
Cochabamba |
7.141 |
5589 |
4.156 |
|
La Paz |
10.620 |
10.381 |
7.646 |
|
Oruro |
2.379 |
1.965 |
1.385 |
|
Pando |
554 |
606 |
571 |
|
Potosí |
3.117 |
3.417 |
2.609 |
|
Santa Cruz |
7.872 |
7.937 |
6.321 |
|
Tarija |
4.413 |
4.653 |
4.292 |
|
TOTAL |
42.967 |
41.659 |
32.57 |