La Autoridad de Supervisión y Fiscalización del Sistema Financiero (ASFI) aprobó dos resoluciones, que en el marco de la Función Social, obliga a las entidades financieras a instalar, hasta el 30 de septiembre de este año, 50 cajeros automáticos que reúnan condiciones especiales para que las personas con discapacidad puedan efectuar transacciones de dinero.
Estos cajeros, según la disposición, además de ser amplios de modo que pueda ingresar una persona en silla de ruedas, también debe incluir audio y sistema braille.
‘En el ejercicio de las acciones de regulación, la ASFI ha emitido dos resoluciones que instruye que todas las entidades financieras a nivel nacional, en los nueve departamentos, hasta el 30 de septiembre de este año, deben habilitar cajeros automáticos para personas con diferentes tipos de discapacidad’, informó Lenny Valdivia, directora de la ASFI.
La autoridad detalló que de los 50 cajeros automáticos, 14 deben instalarse en Santa Cruz, 12 en La Paz, 9 en Cochabamba, 4 en Potosí, 3 en Chuquisaca, 3 Oruro, 3 en Tarija, 1 en Pando y 1 en Beni.
Según Valdivia, la distribución de los cajeros automáticos se realizó en base a la población de personas con discapacidad que existe actualmente en el país, cuyo mayor porcentaje se concentra en Santa Cruz, La Paz y Cochabamba, de acuerdo al último Censo de Población y Vivienda 2012.
Añadió que los 50 cajeros automáticos deben ser instalados en zonas de bajo riesgo en nivel de delincuencia y sus ubicaciones, publicadas en los portales web de cada institución financiera.
Resoluciones aprobadas
La implementación de los cajeros automáticos para personas con diferentes tipos de discapacidad fue aprobada por la ASFI, mediante Resolución Nº 218 del 15 de enero de 2014, la Resolución Nº229 de 17 de abril, de 2014 realiza modificaciones al Anexo Nº A-4 que incluye las especificaciones técnicas que deben contemplar con cajeros.
Las resoluciones se encuentran en: http://servdmzw.asfi.gob.bo/circular/circulares/ASFI_229.pdf y http://servdmzw.asfi.gob.bo/circular/circulares/ASFI_218.pdf
Para facilitar transacciones a las personas con discapacidad auditiva la norma específica que el volumen del sonido del audio guía debe ser ajustable por el usuario y se establece, en forma alternativa, la instalación de teclados en Braille o especial conforme a la normativa internacional para personas con discapacidad.
Según la ASFI, los cajeros tendrán que contar con salida para auriculares personales, con un programa que guíe al usuario en todas sus transacciones y el audio guía debe incluir el número de teléfono para emergencias.
El teclado tiene que incluir una lectura táctil en código Braille. Asimismo el teclado, para personas en sillas de ruedas, debe estar a una altura de 80 a 90 centímetros del piso.
Los cajeros deben contar con un área mínima de 2,25 metros cuadrados para que las personas con silla de ruedas puedan girar en el lugar, además que el piso debe estar cubierto por un material antideslizante, también se tendrán que instalar barras de apoyo ancladas en las paredes laterales.
La resolución de la ASFI también obliga a ajustar la pantalla de los cajeros para permitir una mejor visualización de la información desplegada, como el aumento de contrastes de colores o el incremento del tamaño de los caracteres, esto para cajeros que no utilizan pantalla táctil.
La resolución establece que podría ser pertinente la instalación de puertas corredizas de apertura automática que funciones con sensor de movimiento, además de rampas de acceso.
La adecuación de aceras para el acceso de personas con silla de ruedas debe ser coordinada con los municipios. Estas modificaciones se realizan en el marco del Decreto Supremo 24807 de 1997.